9 de diciembre de 2023

Apalancado

Lo más coherente e incoherente del mundo

Congreso capitalino prohíbe castigos corporales a menores de edad

Este martes, en el pleno del Congreso de la Ciudad de México, se reformó la Ley de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes para prohibir castigos corporales humillantes argumentando que existe evidencia científica sobre los efectos dañinos que ese tipo de medidas disciplinarias en la salud mental e integridad de las infancias y adolescencias.

Esta clase de castigos atentan contra la autoestima y dignidad de les menores, ya que contribuyen a la normalización y desarrollo de conductas agresivas y comportamientos antisociales. Asimismo, las personas adultas quienes fueron “educadas” de este modo durante su crecimiento son más propensas a replicarlas hacia su cónyuge e hijes, además de tener una mayor propensión a las adicciones.

La iniciativa fue propuesta por la diputada de Morena, Guadalupe Morales Rubio, y se aprobó por unanimidad de les 43 legisladores presentes en el pleno. La iniciativa establece la obligación del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia (DIF) de promover y difundir medidas de disciplina adecuadas para el óptimo desarrollo de las infancias. De igual manera, establece como obligación del gobierno y las alcaldías tomar las medidas pertinentes para prevenir, atender, investigar, perseguir y sancionar el castigo corporal y humillante. La presidenta de la Comisión, Polimnia Sierra Bárcena, afirmó que la medida no pretende penalizar, ni criminalizar a las madres, padres o tutores de les niñes y adolescentes, sino que busca garantizar el bienestar e integridad de les menores.

La reforma incorpora a la legislación local el concepto de castigo corporal como cualquier acto “en el que se utilice la fuerza física, incluyendo golpes con la mano o con algún objeto, empujones, pellizcos, mordidas, tirones de cabello o de las orejas, obligar a sostener posturas incómodas, quemaduras, ingesta de alimentos hirviendo u otros productos o cualquier otro acto que tenga como objeto causar dolor o malestar, aunque sea leve”. Mientras que el castigo humillante se define como “cualquier trato ofensivo, denigrante, desvalorizador, estigmatizante, ridiculizador y de menosprecio, y cualquier acto que tenga como objetivo provocar dolor, amenaza, molestia o humillación”.

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